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Un verano accidentado

«Accidente de trabajo»: en la metodología EEAT se define como un suceso aislado durante el trabajo que ocasiona daño físico o mental. Por «durante el trabajo» se entiende «mientras se realiza una actividad profesional o durante el tiempo que transcurre en el trabajo».

En Asturias este verano hemos tenido que lamentar el accidente en Noreña, donde las normas de prevención fueron saltadas sin consideración.

A todo ello el cambio climático a convertido para muchos trabajadores un riesgo que debe de buscar nuevas normativas.

Curso básico de prevención de riesgos laborales.

PRL

El curso, homologado por la Fundación Metal para la Formación, la Cualificación y el Empleo se ha desarrollado durante este mes de marzo en las instalaciones de la empresa en Leganés, para la empresa Mantenimiento Instrumentación Productos Electrónicos, S.A. (MIPELSA)

El curso habilita a los poseedores a actuar como recurso preventivo en obras de construcción.

La presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos, conforme a lo estipulado en la Ley 54/2003, cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos recursos, será necesaria en los siguientes casos:

a) Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados en el desarrollo del proceso o la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que hagan preciso el control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo.

b) Cuando se realicen actividades o procesos que reglamentariamente sean considerados como peligrosos o con riesgos especiales.

c) Cuando la necesidad de dicha presencia sea requerida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, si las circunstancias del caso así lo exigieran debido a las condiciones de trabajo detectadas.

Nuestros Clientes
Nuestros servicios

FRATERNIDAD MUPRESPA

Nos ha contratado un servicio de coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución de las obra de adecuación.

El plazo de ejecución estimado es de unos seis meses.

La labor del coordinador comprende:

  • Revisión y aprobación del plan de seguridad y salud presentado por la contrata,  ELECNOR
  • Impartición de instrucciones a pie de campo.
  • Celebración de reuniones de seguridad
  • Autorización de entrada a las diferentes empresas, maquinaria y trabajadores, tras comprobar que todos ellos cumplen con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.
Nuestros servicios

Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre (SEITT)

Servicios de consejero
de seguridad para el transporte por carretera de mercancías peligrosas.


SEITT es una sociedad mercantil estatal creada al amparo del artículo 166.2 de la Ley 33/2003,
de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y por Acuerdo del Consejo
de Ministros del 29 de julio de 2005 y fue constituida el 30 de noviembre de 2005.

Las labores principales que ejerceremos como consejeros de la SEITT serán las de la realización:

  • Resumen anual
  • Informe técnico de evaluación 
  • Formación para sus trabajadores.
CARRETILLAS ELEVADORAS
Hablamos de la Norma UNE 58451

Carretilla Elevadora

«No todas las carretillas son aptas para todo tipo de aplicaciones. Con la carretilla adecuada ganamos tiempo y reducimos el riesgo de sufrir accidentes laborales. Es por este motivo que es conveniente conocer la oferta de carretillas elevadoras del mercado. A través de un análisis de sus características y prestaciones podremos determinar cuál es la que mejor se ajusta en cada caso, y, así, mejorar la gestión el almacén

Así nos lo comenta:

Jorge Luna

Product Manager en Toyota Material Handling España.

 

Pero comencemos desde el principio…¿Qué es una carretilla elevadora?

José Ángel Marquez Méndez  explica que una carretilla elevadora es un equipo de trabajo móvil contrapesado que, generalmente
mediante horquillas u otros accesorios similares, se utiliza para subir, bajar y transportar palés, contenedores y otras cargas.

CONFORME A UNE 58451

LOS TIPOS DE CARRETILLA ELEVADORA EXISTEN SON:

CATEGORÍA 1


Tipo 1. Transpaletas y otros vehículos similares, con mando por timón, con operaciones de elevación inferiores a 0,5 m, y operador acompañante que ocasionalmente puede ser transportado.


Tipo 2. Carretillas transportadoras y tractores, en los que no existen operaciones de elevación.


Tipo 3. Carretillas con operación de elevación a más de 0,5 m con mando por timón y operador
acompañante que ocasionalmente puede ser transportado (apiladores).


CATEGORÍA 2


Tipo 4. Carretillas elevadoras de mástil con carga en voladizo.


Tipo 5. Carretillas elevadoras de alcance variable o de brazo telescópico.


Tipo 6. Carretillas elevadoras de mástil retráctil.


Tipo 7. Carretillas de almacenaje de gran elevación, incluyendo aquellas en que el operador se
eleva junto con la carga. Recoge-pedidos de alto nivel.


Tipo 8. Carretillas montadas sobre camión.


Tipo 9. Carretillas todo terreno.

RIESGOS

DURANTE LA UTILIZACIÓN

Una utilización imprudente puede conllevar los siguientes riesgos de accidente:

  • Vuelco del equipo
  • Atropellos
  • Golpes
  • Caída de la carga.

Las principales causas de estos riesgos serían:

  • Conducción a elevada velocidad
  • Conducir con la carga elevada
  • No contar con una adecuada visibilidad
  • Mal estibado de cargas
  • etc.

Como puedes observar los motivos son variados y muchas veces los accidentes surgen por una formación inadecuada o carente.

En nuestros años de experiencia hemos encontrado en el trabajo realizado  la necesidad de conseguir el compromiso entre empresa, trabajador y formadores para crear un descenso considerable en dichos accidentes.

 

Recomendamos visualizar los video: Pudo haberse evitado

 

FORMACIÓN

REQUISITOS

Todo trabajador que vaya a utilizar una carretilla elevadora debe:

  • Contar con autorización de la empresa
  • Tener vigente su certificado de aptitud médica
  • Tener capacitación suficiente para su utilización con total seguridad.

La capacitación se obtiene con una buena formación y su utilización empleando unas buenas prácticas y rutinas durante un periodo de tiempo.

Es decir, que no basta con disponer de un diploma acreditativo.

Es preceptivo un uso continuado demostrable para acreditar la
capacitación del operador de la carretilla elevadora.

Dicha formación, conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, debe ser teórica y práctica donde debe actualizarse periódicamente.

Es conveniente familiarizarse en el empleo de los nueve tipos de máquinas descritos y repetir
la formación al menos cada 5 años.